JORNADAS MUJER Y VIOLENCIA

jueves, 11 de diciembre de 2008

Justificar a ambos lados(Fiscalías de Instrucción de competencia exclusiva - Tucumán)


La Asociación Civil Atenea participó de las Jornadas "Mujer y Violencia" organizadas por el Consejo Deliberante Capitalino el día 21 de Noviembre de 2008.

La Presidente de Atenea, Regina Perea, expuso a cerca de "Los puntos a tener en cuenta para un buen funcionamiento de las fiscalías" que se plantean en el anteproyecto de ley.

En base a la información recogida en el contacto directo con mujeres víctimas de violencia familiar de la Pcia. de Tucumán, Atenea remarcó la necesidad de realizar una buena articulación de las fiscalías con otros organismos del poder judicial e instituciones relacionadas, la creación de nuevos organismos y la desvinculación con otros para mejorar la eficacia y rápidez en la resolución de las causas.

Acompañaron a Regina Perea como expositoras, dos referentes de los Derechos Humanos de nuestra Provincia, la Dra. Nélida Bendek, Coordinadora del NOA de Aministía Internacional y abogada de Atenea, y la Profesora Elisa Díaz Fernandez, voluntaria de Amnesty Intenacional.

Vea este articulo tambien Creación de Fiscalías.


DISCURSO A CARGO DE REGINA PEREA, PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN ATENEA EN OCASIÓN DE LAS JORNADAS “MUJER Y VIOLENCIA” ORGANIZADAS POR EL CONSEJO DELIBERANTE CAPITALINO.


La semana que viene es el Día Internacional de la NO Violencia contra la Mujer, en conmemoración a la muerte de las hermanas Mirabal en manos del dictador Trujillo, en la República Dominicana.

El 25 de noviembre de 1960, Minerva, Patria y María Teresa regresaban de visitar a sus maridos de la cárcel de Corpus Cristi, donde se encontraban recluidos a raíz de la militancia que venían teniendo en contra del régimen de Trujillo, cuando fueron interceptadas en el auto en el que se trasladaban, obligadas a bajar y arrastradas hacia unos matorrales cercanos. Allí fueron brutalmente violadas y muertas a golpes. Algunas versiones indican que fueron torturadas y ahorcadas. Lo cierto es que fueron tiradas al vacío por un precipicio en el mismo auto que viajaban, junto con el conductor, para simular un accidente.

Y me gustaría detenerme aquí para reflexionar sobre estos hechos horrendos, porque son un vivo ejemplo de lo que es la VIOLENCIA.

La violencia supone someter a otro, lograr que el otro haga lo que yo quiero a como de lugar, si es necesario con el uso de la fuerza, la amenaza o la tortura, hasta la muerte.

Y es esto lo que justamente venía haciendo Trujillo desde hacía mucho tiempo en su país, tenía en sus manos a un pueblo totalmente sometido, asustado y anulado. Se había encargado de hacerle saber a la sociedad, que todo aquel que osara enfrentarlo, desautorizarlo o cuestionara sus ideas, iba a pagar su desacato con la muerte. De hecho ya había matado a varios “insurgentes”.

De la misma manera, había hecho correr la voz entre la gente, de que mataría a las hermanas Mirabal si continuaban con sus ideas revolucionarias y su activismo fervoroso, creando un clima de miedo e incertidumbre que inmovilizaba a todos. De hecho ese día fatal, nadie quería acercar a las hermanas Mirabal hasta la cárcel porque ya se murmuraba que las mujeres iban a ser víctimas de una emboscada en cualquier momento.

Y Trujillo cumplió su palabra, mató a las tres mujeres intentando acallar sus voces, pero lejos de conseguir su objetivo dio comienzo a una revolución que acabó con su muerte a menos de un año de la muerte de las mariposas.

Pero también es necesario preguntarnos a cerca de QUIENES y CÓMO mataron a las hermanas Mirabal. Pareciera ser que estos sicarios no se conformaron con matarlas, con sacar del camino a quienes obstaculizaban el régimen, algo más los movía a cometer semejante atrocidad. Da la impresión de que ellos disfrutaban de cada minuto de padecimiento de las mujeres.

Y esto es justamente lo que caracteriza a los PERVERSOS. Los perversos son insensibles al sufrimiento humano y disfrutan haciendo daño a los demás. Otra característica de los perversos es que juegan con la ley y las normas establecidas. Por eso vemos cómo dos años después de que fueron encarcelados por asesinato, estos sicarios salieron de la cárcel como si nada y se fueron a vivir a EEUU, burlando una vez más la justicia, como suelen hacer los perversos aquí en esta provincia, sin ir más lejos.

Por esto la importancia de las fiscalías. Las Fiscalías del Fuero Penal vienen a imponer una Ley y un Orden en la sociedad. Hacen posible que las normas, códigos y principios se efectivicen. Brinda protección a sus ciudadanos frente a los abusos o posibles abusos. Pena los delitos y las transgresiones y violaciones a lo establecido por cada sociedad. Interpone una Ley Externa a quienes no tienen Ley Interna.

Imaginemos lo que ocurría en la era primitiva, cuando no existía la sociedad, los seres humanos se mataban unos a otros por el espacio, por la comida, por las parejas. La única ley que regía era la LEY DE LA SUPERVIVENCIA DEL MÁS FUERTE. Y esto es lo que ocurre cuando en una sociedad el aparato judicial no funciona como corresponde, los individuos vuelven a su estado salvaje, recurren a sus propios medios para defenderse de los ataques, todos desconfían de todos, el lazo social se rompe y la sociedad tiende a desaparecer o da la sensación de in-existencia. En la Argentina asistimos a la decadencia de las instituciones de Justicia y como consecuencia, a la existencia de una sociedad que vive en la impunidad.

La creación de fiscalías de competencia exclusiva en violencia familiar, como las que se proponen en este anteproyecto de ley, es importante porque aquí en Tucumán las fiscalías no están respondiendo adecuadamente a las víctimas de violencia familiar. Necesitamos en las fiscalías personas especializadas en esta problemática, con calidad humana en la atención de las víctimas y procesos administrativo/ judiciales adecuados a la urgencia y gravedad de estos casos.

Voy a detallar a continuación otros PUNTOS A TENER EN CUENTA PARA EL BUEN FUNCIONAMIENTO DE FISCALÍAS ESPECÍFICAS EN VIOLENCIA FAMILIAR (FUERO PENAL)

- Es necesario que las denuncias por delitos relacionados con violencia familiar ingresen directamente y en todos los casos a través de las fiscalías de instrucción (penales) eludiendo el camino policial, porque se pierde mucho tiempo en este proceso por distintos motivos y en muchos casos las denuncias no ingresan a fiscalía. Que las fiscalías den intervención directa a los médicos forenses eludiendo a los médicos de policía.

- Para que esto sea posible es necesario crear Defensorías Oficiales Penales para víctimas de violencia familiar que provean de abogados penales gratuitos a las mismas: Actualmente, en las Fiscalías de Instrucción un ciudadano común no puede ingresar ningún papel o documento por cuenta propia (no se lo reciben) y resulta imposible pagar los elevados montos que cobran los abogados para comenzar y sostener un juicio penal. Por otra parte las Defensorías Oficiales Penales (que proveen de abogados gratuitos) no patrocinan a las víctimas sino solo a los acusados. Por este motivo la mayoría de las mujeres víctimas de violencia familiar de la Pcia. de Tucumán quedará sin posibilidad de ingresar su causa al fuero penal si el Estado no le provee de abogados gratuitos.

- Se deberá eliminar la Carta de Pobreza para tener acceso a abogados gratuitos. Toda víctima de violencia familiar que requiera de este servicio lo tendría que tener porque es su derecho. Es obligación del Estado proteger a los ciudadanos que son víctimas de abuso. El Estado deberá proveer de más abogados y defensorías si es alta la población de personas afectadas por la violencia. Si una víctima solicita abogados gratuitos es porque lo necesita, ya sea porque no tiene recursos o porque los abogados particulares no resuelvan el problema a pesar de que se les paga. El Estado deberá controlar esta situación también para no tener tantas causas pendientes.

- De nada sirve que la víctima inicie y sostenga un juicio penal si no se provee al juez pruebas que demuestren la veracidad de sus dichos y las agresiones recibidas. Será un desgaste en vano para las víctimas, por lo que se deberá crear un ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN ESPECIALIZADO en violencia familiar, que recolecte las pruebas necesarias, pruebas objetivas (rastros, elementos contundentes, etc) y pruebas de daño (informes psicológicos, sociales, ambientales, etc) NO ES LA VICTIMA LA QUE TIENE QUE PROBAR LAS AGRESIONES RECIBIDAS PORQUE NO ESTA EN CONDICIONES ECONOMICAS NI ANIMICAS PARA HACERLO, ES EL ESTADO EL QUE DEBE HACERLO PORQUE TIENE LOS MEDIOS Y ES IMPARCIAL.

- Que sea un EQUIPO TRANSDISCIPLINARIO (no interdisciplinario) que emita un solo informe detallado e integrado dando cuenta de los hechos, las situaciones vividas por el grupo familiar, los daños y riesgos potenciales. Los informes numerosos y desconectados dificultan la interpretación del juez.

- Se deberá modificar el Artículo 2º de la Ley de Violencia Familiar que establece que la víctima debe ratificar su denuncia 24hs después de ocurridos los hechos como condición para que la causa continúe. La causa debe continuar hasta el final desde el mismo momento que la víctima o personas allegadas denuncian las agresiones, quiera o no después la víctima continuar con el proceso. Es obligación de la justicia determinar si está frente a un delincuente o abusador porque es un potencial peligro para la sociedad y para los niños, independientemente que la víctima quiera. Debemos investigar porqué la víctima quiere levantar una denuncia en mitad de camino, ver si no hay amenazas de por medio, determinar cuáles son los obstáculos que el agresor interpone en su camino, Si damos por concluida la causa por cualquier cosa estamos siendo cómplices del agresor y la sociedad toda está en riesgo.

- Establecer un mecanismo donde se vayan anexando a la causa penal los hechos nuevos de manera inmediata.

- Establecer Medidas de Protección de Persona de rápida aplicación para evitar agresiones o la muerte de las víctimas y que estas medidas duren hasta que el peligro desaparezca, no un tiempo determinado como lo establece la Ley de Violencia Familiar en su Artículo 4º (habrá que modificar este punto de la Ley)

- Establecer una articulación inmediata y efectiva entre los fueros civiles y penales, de manera que ambos jueces estén informados a cerca de la situación familiar, del perfil del agresor en cuanto a antecedentes penales relacionados con esta causa o con otras registradas en comisarías, fiscalías o juzgados.

- Establecer una articulación inmediata y efectiva entre el Poder Judicial y el Departamento de Antecedentes Personales de la Policía y con instituciones públicas y privadas de salud y educación, para contar con datos integrados sobre el perfil de la víctima, del agresor y de los hijos.

- Se debe hacer cumplir a los jueces civiles el Artículo 1º de la Ley de Violencia Familiar que establece que los jueces civiles deben dar intervención a los jueces penales (fiscalías de instrucción) frente a todo hecho que despierte su sospecha sobre la existencia de violencia familiar. Los jueces civiles no están cumpliendo esto en la actualidad. Este podría llegar a ser un camino más rápido si se aplicase, ya que muchas víctimas ingresan directamente por el fuero civil. La sospecha de un juez civil es un elemento importante, de peso en la causa. Se deberían crear también Juzgados Civiles específicos en Violencia Familiar para que los jueces civiles tengan conocimiento de causa en esta problemática.

- Se deberán crear instituciones intermedias para hacer efectivo el régimen de visitas de los niños mientras dure la causa., cuando hay riesgos para la víctima o para los hijos.

RESUMEN

Sacar del proceso a la policía y a los médicos de policía y trabajar directamente con las fiscalías y los médicos forenses, crear organismos que provean de abogados penales gratuitos a las víctimas de violencia familiar, crear organismos que provean de pruebas a la causa penal para establecer los delitos, crear equipos transdisciplinarios que provean de un solo informe integrado a los jueces, crear instituciones intermedias para hacer efectivo el régimen de visitas de los niños mientras dure el proceso. Establecer un mecanismo de rápida incorporación de hechos nuevos a la causa penal. Respecto a la Ley de Violencia Familiar: eliminar la Ratificación de la denuncia por parte de la víctima, obligar a los jueces civiles a dar intervención a los jueces panales cuando se sospecha violencia familiar, creación de juzgados civiles específicos en violencia familiar, modificar el tiempo de duración de las Medidas de Protección de Persona. Articular de manera automática los fueros civiles con los penales y ambos con el Departamento de Antecedentes Personales de la Policía y con instituciones públicas y privadas de salud y educación, para contar con datos integrados sobre el perfil de la víctima, del agresor y de los hijos.