Dolor por María Marta

miércoles, 9 de septiembre de 2009

TRIBUNALES - JUICIO ORAL


Las integrantes de la Asociación Civil Atenea siguen con profundo dolor los pormenores del Juicio Oral por la muerte de María Marta Arias y acercan su pesar a sus seres queridos.
No hay palabras, ni acciones, ni decisiones que puedan calmar el desasociego de la familia ni devolverle la vida a la persona amada, pero es obligación de la Justicia proporcionar un resarcimiento moral y económico a las víctimas (María Marta y sus familiares) y proteger a la sociedad de nuevos abusos cometidos por el mismo agresor.

No vamos a permitir que otra víctima caiga en manos del mismo victimario.
Si tenemos una nueva víctima, será responsabilidad de la Justicia.
Nuestro apoyo a la causa de la familia Arias.

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tomado de La Gaceta
TRIBUNALES - JUICIO ORAL
"Sin dudas, la víctima sufrió bastante".

Miércoles 9 de Septiembre de 2009 La perito forense dio detalles de la autopsia en el cuerpo de la víctima.

Pablo Antonio Amín ahorcó a María Marta Arias con sus propias manos; luego, mientras la joven agonizaba -en estado de inconsciencia, el santiagueño le sacó los ojos, y la golpeó en la cabeza y en el torso. Así fue como Amín asesinó a su esposa, según expuso la médica legista Yolanda Gordillo, ante los jueces de la sala II de la Cámara Penal. "Sin lugar a dudas, la víctima sufrió bastante", dijo la especialista.
Gordillo -que formó parte de la junta médica que examinó a Amín- fue la encargada de llevar a cabo la autopsia del cuerpo de Arias. "¿Es posible establecer qué lesiones sufrió la joven estando en vida?", le preguntó a la especialista el fiscal de Cámara Daniel Marranzino (a cargo del Ministerio Público junto con la fiscala Marta Jerez de Rivadeneira). Gordillo contestó: "se puede determinar que las escoriaciones en las piernas, las lesiones en los órganos sexuales y el estallido del hígado fueron post mortem (es decir, después de que la víctima falleció)".
Arias aún no había muerto cuando Amín le extrajo los globos oculares. "Al parecer, utilizó un objeto muy filoso para cortarle los párpados", indicó la especialista. Los investigadores jamás hallaron ese elemento, pero se sospecha que se trataba de un bisturí. "Se trató de un corte neto; no hubo vacilaciones", añadió.
La médica expuso luego ante las partes y el tribunal las 38 fotografías que tomó del cadáver. Durante casi 20 minutos, detalló cada una de las lesiones que sufrió Arias. "Padeció un cuadro de asfixia por estrangulación manual. En cuanto a las lesiones traumáticas en miembros superiores, fueron producidas en vida", resumió.
Además, añadió que, por los signos que se veían, el agresor golpeó brutalmente a la víctima cuando esta ya había fallecido en el tórax y en otras partes. "Es imposible saber cuánto tiempo fue sometida (Arias) a este trato, pero como se trata de varias lesiones, esto puede haber tomado mucho tiempo", finalizó la médica.

TRIBUNALES - JUICIO ORAL. Amenazas y golpes en un día de furia.

Miércoles 9 de Septiembre de 2009 El acusado señaló a un hermano de María Marta durante el debate.

"A vos te mato hoy", dijo Pablo Antonio Amín segundos después de haber entrado al recinto. Agitando el índice de su mano derecha señalaba a Ricardo Arias, uno de los hermanos de María Marta Arias, la mujer a la que asesinó y mutiló hace dos años en un cuarto de hotel, según su confesión. El destinatario del gesto miró hacia el suelo y no contestó. Minutos después, vio cómo tres policías sacaban del recinto al imputado por orden de los jueces.
Ese fue el último de los incidentes que protagonizó Amín durante la mañana de ayer.
Cerca de las 8.30, antes de que comience el debate, el santiagueño agredió a un policía mientras subía las escaleras del Palacio de Tribunales. Además, cuando estaba en la sala de audiencias, balbuceó en todo momento frases sin sentido y masticó un chicle con vehemencia. "Este tribunal dispone que Amín sea trasladado a la habitación de al lado", dijo el juez Emilio Herrera Molina. El acusado acató la orden de inmediato. Se paró rápidamente y, luego de decirle a sus defensores algunas palabras en inglés, salió del recinto, acompañado por tres policías.
Preocupación
La conducta de Amín generó gran preocupación entre quienes están a cargo de la seguridad. "Es un tipo peligroso", admiten.
Para prevenir incidentes, se dispuso que 25 agentes del destacamento de Tribunales -a cargo del comisario Roque González- vigilasen la sala. Además, había varios policías del grupo CERO. En la calle, personal del Comando Radioeléctrico y dos motoristas vigilaban que todo esté tranquilo.
"Se sabía que él iba a tener un comportamiento así. Buscan seguir con esa postura", le dijo Ricardo Arias a LA GACETA. "El se hace el pícaro. Pero si uno lo analiza bien, comprende perfectamente. Cuando le preguntaron de dónde venía, contestó 'Washington'. El comprende la pregunta, pero sobreactúa y cambia las respuestas", dijo.


LAS “CONDICIONES” DE LOS SERVICIOS LEGALES GRATUITOS

domingo, 6 de septiembre de 2009

Las autoridades del Colegio de Abogados de la Provincia de Tucumán y de las Defensorías Oficiales Civiles y Penales, determinaron una serie de condiciones muy estrictas para filtrar a las personas que ingresarán a los servicios legales gratuitos, o mejor dicho, para dejarlas fuera de los mismos. De la misma manera, las autoridades del Poder Judicial de la Provincia. de Tucumán, adoptaron estas mismas condiciones para filtrar a los beneficiarios de la opción de “litigar sin gastos” en las Secretarías y Juzgados.

Por estas "Condiciones", una gran proporción de víctimas de violencia familiar normalmente queda fuera del servicio, sin ninguna posibilidad de acceder a un patrocinio jurídico de ningún tipo porque no cuenta con los recursos económicos para hacerlo por sí mismas.

Las víctimas de violencia familiar pertenecientes a la clase media, que tienen una vivienda y cuentan con trabajo (apenas para cubrir las necesidades básicas de ella y sus hijos) son la más perjudicadas porque generalmente no cumplen con alguna de las condiciones, razón por la cual después de denunciar las situaciones de violencia quedan en la calle, sin dinero, huyendo del agresor y sin ninguna institución que las proteja porque no cumplen las condiciones exigidas para que dichas instituciones las protejan.

Si las víctimas están solicitando un Servicio Legal Gratuito es porque realmente lo necesitan, sino no perderían tiempo recurriendo a este servicio lento e ineficaz. La persona que recurre a este servicio es porque no le queda otra salida. Las mujeres que cuentan con recursos económicos directamente buscan un abogado particular porque el mismo realiza todos los trámites en lugar de ella y de manera más rápida; en cambio en los Servicios Legales Gratuitos la Víctima debe realizar ella misma todos los trámites bajo la dirección de los abogados.

El Estado tiene la obligación de brindar protección a toda víctima que lo requiera y no está cumpliendo con esto.

CONDICIONES

(La persona beneficiaria de estos servicios debe contar con todas estas condiciones sin excepción)

No poseer propiedad a su nombre (comprobable en el Registro Inmobiliario de la Provincia.)

No poseer vehículo a su nombre (comprobable en la Dirección del Automotor de la Provincia.)

No poseer negocio a su nombre (comprobable en la Dirección de Rentas de la Provincia.)

Tener un sueldo personal o del grupo familiar inferior a $500

No haber recibido patrocinio jurídico particular con anterioridad.

No haber recibido atención por parte de ningún otro Servicio Legal Gratuito de la Provincia con anterioridad.

Cerrtificado de Residencia en la Policía (que acredite que la persona vive en dicho domicilio y "goza de buena reputación entre sus vecinos")

Documentación:

Certificado de Residencia en la Policía (con la firma de dos testigos)

Documento Nacional de Identidad de la víctima y de los hijos.

Acta de Nacimiento de la víctima y de los hijos.

Certificado de Matrimonio.

Comprobante de vacunación de cada uno de los hijos en el Hospital o CAPS de la zona.

Certificados de escolaridad de los hijos.

Ultimo recibo de sueldo.

Hasta que la víctima no presenta toda esta documentación en este servicio no puede iniciar ningún trámite.

NO POSEER PROPIEDAD A SU NOMBRE

El razonamiento que suelen hacer las mujeres víctimas de violencia familiar frente a esta condición que establecen los servicios legales gratuitos es la siguiente:

Para que me den un abogado gratuito no tengo que poseer propiedad, por lo tanto si tengo una casa ¿Se supone que tengo que venderla para pagar a los abogados o para que me den abogados gratuitos?

Generalmente las mujeres que recurren a estos servicios son mujeres de bajos recursos (no potentadas) que tienen una casa porque están pagando un plan de vivienda o porque es bien de familia, herencia de sus padres (compartida con sus hermanos) ¿Tendrá que vender la casa en una transferencia? ¿Tendrá que esperar a que se haga la sucesión (lo cual puede llevarle 3 años?

Si la mujer víctima se deshace de su casa ¿A dónde va a parar con sus hijos?

Si el agresor se quedó con la casa y los papeles (como normalmente ocurre) como venderla? Tendrá que buscar abogados que la patrocinen para recuperar sus bienes ¿Cómo si no puede ingresar a los Servicios Legales Gratuitos?

Pues dirán “Que vaya a trabajar” ¿Cómo si no tiene dónde dejar a los niños y anda dando vueltas en la calle, durmiendo en camas prestadas por amigos, vecinos o familiares?

NO POSEER VEHÍCULO A SU NOMBRE

El auto, la camioneta, la moto y cualquier otro vehículo que el grupo familiar pueda haber adquirido, es lo primero que se apropia el agresor. No solo se queda con los mismos, sino que recurriendo a maniobras ilegales, los vende y pone el dinero a nombre de otra persona. Aunque es ilegal esto es algo que ocurre comúnmente y que nadie investiga.

Lo que también suele pasar es que el agresor arregle con la víctima una supuesta repartición justa de los bienes (ella se puede quedar con la casa siempre y cuando firme la venta del auto cuyo dinero quedará para él). La víctima accede por desconocimiento o desesperación y luego perderá la casa también porque el agresor se la intentará quitar.

Existen miles de variantes respecto a abusos de este tipo, pero el Estado no puede confiarse en los bienes de la víctima porque generalmente eso es lo primero que pierde en este proceso de intento de salida del ciclo de la violencia, porque su agresor manipulará la situación para que eso ocurra. Recordemos que esto es parte de la situación de indefensión en la que se encuentra la víctima de violencia familiar.

NO POSEER NEGOCIO A SU NOMBRE

Es muy común que la víctima tenga el negocio a su nombre pero nunca lo haya administrado ni dispuesto sobre las ganancias y cuando rompe su relación por la violencia esto no cambia, el agresor se queda con todo y no le pasa nada para su manutención ni para la subsistencia de los hijos. Recordemos que hay una diferencia de poder.

En los pocos casos en que ella lo administra, deberá pagarle al agresor su cuota para que pueda vivir, además de los gastos propios y de los hijos y de los impuestos y servicios.

Y en los casos en que lo administraba con el agresor, deberá compartir con él el trabajo? Es imposible, porque se supone que rompió su relación por las situaciones de violencia que estaba viviendo y es un riesgo para su vida que tengan actividades en común.

Se da por hecho que al tener un negocio la víctima puede alimentarse a sí misma y a sus hijos, vestirse y vestirlos, pagarles la educación (transporte, guardapolvo, libros, útiles, cuotas escolares, alquiler, etc) No se contempla que a veces la mujer víctima tiene 4 o 5 hijos.

Estamos hablando de mujeres de bajos recursos, que tienen pequeños negocios o quioscos y que las ganancias no le alcanzan ni para cubrir las necesidades básicas del grupo familiar.

Cómo logrará ordenar todo esto en fuero civil si no puede acceder a abogados gratuitos?

TENER UN SUELDO PERSONAL O DEL GRUPO FAMILIAR INFERIOR A $500

El problema que tienen las víctimas con esta condición es que algunas cobran un poco más de ese monto, pero tienen muchos hijos y no les alcanza para pagar un abogado particular.

Otra cosa que hacen en los servicios es contemplar los ingresos del grupo familiar de la víctima (padre, madre, abuelos) Si ellos tienen un sueldo alto, aunque sean jubilados y pensionados, lo toman como grupo familiar y no le dan el servicio a la víctima. Le dicen que ellos pueden colaborarles para los gastos que deben realizar en la Justicia. Entonces, los familiares, además de colaborar con la víctima dándoles un lugar en la casa a ella y a sus hijos, compartiendo alimentos con los mismos, deben pagarle al abogado.

Pareciera ser que las mujeres víctimas tienen que ser indigentes para que les brinden un servicio legal gratuito, sin embargo, cuando manifiestan que no tienen recursos para mantener a los niños, tanto en los servicios legales gratuitos como en Tribunales tienen problemas porque la Justicia considera que no están en condiciones de tener la tenencia de los niños porque no tienen qué darles.

NO HABER RECIBIDO PATROCINIO JURÍDICO PARTICULAR CON ANTERIORIDAD

En Tribunales existe una pesca de clientes. Los abogados tienen personas que se dedican a captar clientes (Víctimas de Violencia Familiar, Víctimas de Accidentes Automovilísticos, Víctimas de Robos, etc) en los pasillos de Tribunales, en las Defensorías Oficiales, en los Organismos Públicos donde deben realizar trámites. Estas personas se encargan de guiar a las víctimas hacia los abogados particulares antes de que lleguen a enterarse de que tienen un Servicio Legal Gratuito. Generalmente lo que hacen estos abogados es decirles que van a hacer las presentaciones gratuitamente y luego les cobran como a todos. Las víctimas se ven obligadas a pagar luego porque se lo exige tribunales cuando los jueces determinan los honorarios, pero lo más grave es que ya no podrán acceder nunca más a los Servicios Legales Gratuitos una vez que recibieron los servicios de estos abogados porque las condiciones no lo permiten, por lo que indefectiblemente tendrán que volver a recurrir a los mismos.

Hay casos en que las mujeres vienen pagando un abogado particular pero de pronto quedan sin trabajo o no les alcanza el dinero por la inflación y el sueldo quedó desactualizado. Pero resulta que no pueden acceder a los servicios legales gratuitos (ante las nuevas agresiones o los problemas de régimen de visitas o tenencia de los niños) porque ya tuvieron servicio jurídico particular anteriormente.

Hay casos en que un abogado de la familia o algún abogado conocido estaba ayudando a la víctima con las presentaciones judiciales y de pronto este profesional ya no puede seguir patrocinándola por razones personales. La víctima se queda sin ninguna posibilidad porque ya no puede acceder a los servicios legales gratuitos y a la vez no puede pagar un abogado particular.

Hay casos en que los abogado particulares aceptan patrocinar a víctimas que tienen recursos o bienes pero que necesitan recuperarlos primero a través de un litigio judicial. Pero resulta que a veces la víctima pierde el litigio y no solo no puede pagarle al abogado sino que tiene vedada su posibilidad de ingresar a los servicios legales gratuitos en el futuro.

NO HABER RECIBIDO ATENCIÓN POR PARTE DE NINGÚN OTRO SERVICIO LEGAL GRATUITO DE LA PROVINCIA CON ANTERIORIDAD.

Esta condición la pusieron porque veían que las víctimas pasaban de un servicio legal gratuito a otro, iban y volvían.

Pero esto no es por capricho, es tan mala la atención en estos servicios que generalmente las víctimas no llegan a solucionar nada, por eso se cambian de servicio en la esperanza de que el otro sea más rápido o efectivo, también se van porque no les gusta el abogado que las patrocina y vuelven cuando el mismo ya se fue del servicio.

Si todos tenemos derecho a elegir qué abogado particular va a patrocinarnos y a cambiarlos cuando consideramos que no hace bien las cosas, en los servicios legales gratuitos debería ser igual, e incluso debería existir un ente que controle el accionar de los abogados gratuitos y consulte periódicamente a las víctimas cómo fue la atención.

No vemos el inconveniente en que las víctimas cambien de un servicio a otro, es suficiente con que pasen el expediente para la otra institución.

CERTIFICADO DE RESIDENCIA EN LA POLICÍA (que acredite que la persona vive en dicho domicilio y goza de buena reputación entre sus vecinos)

El trámite en la policía genera diversos inconvenientes a las víctimas (ajenos a ellas) y no son garantía de nada.

Solicitud de Testigos (vecinos): se piden dos testigos (que residan en el mismo lugar donde reside la víctima en ese momento que asiste, que certifiquen que viven allí:

Si la victima se encuentra residiendo en el lugar donde convivía con el agresor, los vecinos no quieren hacer de testigos por miedo a sufrir represalias por parte del agresor.

Si están residiendo en otro domicilio (de un familiar, prestado, refugio transitorio, etc), ningún vecino quiere prestarse para hacer de testigo porque no conoce a la víctima en lo más mínimo.

En algunos casos no le quieren entregar el certificado porque los testigos no pertenecen al radio donde las víctimas están residiendo y tienen que ir y volver buscando gente.

Pago de una tarifa ($7): si bien no corresponde pagar esta tarifa, la más de las veces deben pagarla porque sino no le entregan esta documentación. Por este pago las mujeres no reciben recibo ni comprobante alguno actualmente. Muchas veces las mujeres no cuentan con este dinero y les lleva mucho tiempo conseguirlo.

Horarios: los horario de atención administrativa son muy acotados (8hs a 12hs) y si las víctimas asisten fuera de los mismos no son atendidas por más que hayan asistido con los testigos.

EL ESTADO TIENE LA OBLIGACIÓN DE FACILITARLE UN ABOGADO GRATUITO A TODA VÍCTIMA QUE LO NECESITA Y AL NO HACERLO ESTÁ HACIENDO UN ABANDONO DE PERSONA. LA MUJER VÍCTIMA NECESITA EL ABOGADO PARA QUE LA PATROCINE MIENTRAS DURAN, AL MENOS, LOS TRÁMITES DE PROTECCIÓN DE PERSONA (MEDIDAS AUTOSATISFACTIVAS O DEPÓSITO DE PERSONA) QUE LA DEVUELVAN AL HOGAR Y LA PONGAN A RESGUARDO.

EL ESTADO TAMBIEN TIENE TAMBIÉN LA OBLIGACIÓN DE FACILITARLE LOS RECURSOS PARA CUBRIR LAS NECESIDADES BASICAS DE LOS NIÑOS HASTA TANTO PUEDA CONSEGUIR UN TRABAJO QUE LE PERMITA SOSTENERLOS POR SUS PROPIOS MEDIOS.

PERO NADA DE ESTO ESTÁ HACIENDO.

SERVICIO DE ASISTENCIA A LA VICTIMA

(Colegio de Abogados de Tucumán)

PARA CONOCIMIENTO DE LA COMUNIDAD, ESTE SERVICIO PERTENECE AL COLEGIO DE ABOGADOS DE TUCUMAN Y PROVEE A LAS PERSONAS DE MUY BAJOS RECURSOS, DE ABOGADOS GRATUITOS.

ESTOS ABOGADOS PATROCINAN A LAS PERSONAS EN TODO LITIGIO JUDICIAL RELACIONADO CON CUESTIONES CIVILES, INCLUIDAS LAS DE FAMILIA.

ES EN REALIDAD UN SERVICIO DE PRÁCTICA PARA LOS PROPIOS ASOCIADOS QUE PROVEE DE CERTIFICADOS Y ANTECEDENTES PARA SU CURRÍCULUM PROFESIONAL.

La conducta que a continuación se describe, no se extiende a todos los abogados, pero si a una gran proporción de los mismos, lo que pone de manifiesto que en esta institución no hay acuerdo en cuanto a cómo debe ser el proceder de los abogados en todos los casos y las falencias de los procedimientos lleva a pensar que no hay una estrategia de acción orientada a brindar un servicio de excelencia a la comunidad. O quizá no existe un sistema de control por parte el mismo Tribunal de Ética del Colegio que controle la actuación de los profesionales.

De la conducta:

- Los abogados atienden una vez a la semana (dos horas), durante los cuales o bien atienden a las víctimas en el consultorio jurídico gratuito o bien asisten a las audiencias. Las víctimas reclaman que a veces pasan hasta cuatro semanas (un mes) sin poder establecer contacto con su abogado, porque no lo encuentran, Teniendo en cuenta que las víctimas se trasladan dificultosamente hasta el lugar con sus hijos, a veces caminando kilómetros y teniendo en cuenta la gravedad de la situación en que las víctimas se encuentran, esto supone un grave riesgo para las mismas.

- No atienden telefónicamente a las víctimas por más que las mismas (o sus hijos) estén corriendo un grave riesgo, porque solo lo hacen en los acotados horarios que tienen disponible para el servicio gratuito y únicamente en la institución.

- En el servicio nadie recibe la documentación que las víctimas acercan si no está presente el abogado que las patrocina, por lo que no se pueden adelantar ni siquiera los trámites administrativos dentro de la institución, razón por la cual las víctimas deben ir y volver con la documentación hasta que encuentran a su abogado y se demora la causa aún más.

- Algunos abogados gratuitos le recalcan a las víctimas, una y mil veces, que “no pueden quejarse” porque están recibiendo un servicio gratuito, que “es un favor que les están haciendo”.

- No le avisan a la víctima que deben seguir el proceso penal a la par del civil, aconsejando incluso a las víctimas “no seguir el proceso penal porque es en vano” y que “nunca llegan a ningún lado por ese camino”. Evidentemente ignoran la importancia que tiene el proceso penal para la protección definitiva de las víctimas. El hecho de que este servicio no provea de patrocinio en lo penal no quiere decir que este camino deba obviarse.

- No se apersonan como abogados, ni ponen en conocimiento de la justicia la situación de las víctimas hasta tanto las mismas no cuentan con pruebas suficientes para probar la situación de violencia que manifiestan y se hayan realizado todos los trámites de rutina que se determinaron, por lo que en el Poder Judicial se enteran de la situación de la víctima muchísimo tiempo después de ocurridos los hechos.

- Pierden documentación de suma importancia para las víctimas justificándose en la cantidad de papeles que tienen y los casos que llevan. Papeles que consumieron tiempo y dinero a las víctimas y que en algunos casos son irrecuperables.

Del Procedimiento:

- No reclaman en los juzgados las demoras de las causas, para que las mismas sigan su curso en tiempo y en forma.

- Las medidas autosatisfactivas (de protección urgente de las víctimas) son directamente imposibles de aplicar desde este servicio, debido a que las víctimas demoran por lo menos dos o tres semanas en recolectar la documentación que le permite sacar la Carta de Pobreza y dos o tres más en que la acepten y autoricen el patrocinio gratuito y demoran meses cuando las víctimas huyen del hogar, porque no tienen en su poder los documentos que requiere ineludiblemente este servicio para iniciar Carta de Pobreza.

- Hay un recambio permanente de profesionales por año, lo cual lleva a que la víctima tenga que comenzar de nuevo con otro abogado al año siguiente, de tal manera que la víctima comienza por contarle la situación desde un principio nuevamente. A veces los nuevos abogados no comparten la estrategia que se viene llevando y la cambian por una nueva, que por supuesto implica nuevas presentaciones y una sensación de gran confusión e inestabilidad para la víctima..

- Cuando los abogados comienzan a adquirir experiencia en violencia familiar, dejan el patrocinio gratuito y se van a la parte privada donde cobran por su trabajo.

MÁS ALLÁ DE ESTAS DIFICULTADES PLANTEADAS, QUE NO DEJAN DE SER GRAVES, ESTE SERVICIO SUPERA EN CRECES AL SERVICIO QUE BRINDAN LAS DEFENSORÍAS OFICIALES DEL PODER JUDICIAL DE TUCUMÁN Y ALGUNOS ABOGADOS DEL SERVICIO A LA VÍCTIMA LLEVAN LOS CASOS CON RESPONSABILIDAD Y RAPIDEZ POR INICIATIVA PROPIA Y SALVANDO NUMEROSOS OBSTÁCULOS DE TIEMPO Y ESPACIO.
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